Los prestadores de salud están obligados a atender las necesidades básicas de las personas y las que correspondan a los más vulnerables por cuidados paliativos, discapacidad, enfermedades poco frecuentes, diabetes, cáncer, prótesis. Las empresas de medicina prepaga,...
Se puede mantener la prestación de salud con la obra social o la empresa de medicina prepaga sin la obligación de pasar al Pami al momento de la jubilación. Las obras sociales y las empresas de medicina prepaga, tienen la obligación de continuar el contrato vigente...