En esta nota podrás ver respuestas a las principales preguntas que nos formulan clientes que han tenido problemas con empresas de planes de ahorro, fabricantes y concesionarias de vehículos.

Son reiterados los reclamos por problemas con las empresas de planes de ahorro que incumplen con sus obligaciones hacia el cliente, como también de clientes a los que se les hace imposible pagar las cuotas del plan debido a sus aumentos.

Las principales situaciones que nos consultan son las siguientes:

  1. Demora en entrega de la unidadnike air max 270 women’s sale stetson straw cowboy hats max white shoes blow up two person kayak OSU Jerseys air jordan 1 claudie pierlot outlet nike air max 270 max white shoes nike air max pre day max white shoes ASU Jerseys nike air max pre day nike air max pre day ASU Jerseys
  2. Aumento del costo de las cuotas mensuales
  3. Liquidación al finalizar el plan.
  4. Cambio y/o supresión del modelo del plan de ahorro suscripto.
  5. Muerte del titular del plan de ahorro.

¿Qué tipo de daños puede reclamar un cliente al que las empresas no le cumplen?

Existen 3 situaciones que son las más comunes y tienen más relevancia:

1) En el caso de demora en la entrega de la unidad. Al momento en que el cliente adhiere y suscribe el contrato con la empresa se establece un plazo de entrega de la unidad por parte de la Administradora, y ese plazo debe ser cumplido. Si no se cumple con la entrega la empresa debe pagar intereses por el retraso. La concesionaria es responsable solidaria al igual que la empresa administradora del plan de ahorro.

2) Ante el aumento de las cuotas mensuales de los planes de ahorro, en razón de la realidad que nos toca vivir, se provocó que muchas personas se vieran impedidas de cumplir. Esta situación desencadenó una enorme cantidad de juicios y medidas precautorias dispuestas por los jueces en el país. Los reclamos de los clientes fueron admitidos, apoyando al consumidor en la batalla legal.

En Mendoza se otorgó al reclamo el carácter colectivo en autos N° 264.584 caratulados “ACIAR EDGARDO EXEQUIEL Y OTROS C/ VOLKSWAGEN SA DE AHORRO PARA FINES DETERMINADOS Y VOLKSWAGEN ARGENTINA SA P/ PROCESO DE CONSUMO”, lo que significó que el objeto del reclamo (en este caso disminución, congelamiento, retroactividad de los valores en las cuotas mensuales, etc.) se imponga a todas las administradoras de planes de ahorro y se ordene el diferimiento de las cuotas mensuales a Abril del 2.018 actualizándose las mismas por medio del Coeficiente de Variación Salarial (C.V.S.) a todos los adherentes que suscribieron sus planes con anterioridad al 30 de septiembre de 2019 y continuaban vigentes al 05 de febrero del 2020 sin diferenciar entre aquellos que lo solicitaron de manera judicial y los que no.

3) Con respecto a la liquidación de haberes de los planes de ahorro, refiere a la situación donde un adherente suscribe al plan de ahorros abona cuotas del plan –ya sea 1, 10 o 20- y rescinde o renuncia al plan. En estos casos la administradora tiene la obligación de devolver esos valores abonados en concepto de cuotas siendo a su cargo la información y liquidación de las mismas a cada uno de los adherentes al momento de liquidar el grupo al cual pertenecía. Este proceso implica un informe detallado de los conceptos a devolver como así también los intereses que pudieras surgir desde la disponibilidad (esto es 30 días luego de la fecha de finalización del grupo) hasta su efectivo pago.

¿Quién le debe pagar al consumidor?

Desde que se firma el plan de ahorro nacen las obligaciones para cada una de las partes involucradas. Esto significa que tanto la administradora de los planes de ahorro (quien dispone del contrato de suscripción) como la fabricante y concesionaria que interviene en dicho proceso (en calidad de vendedores) son RESPONSABLES desde la firma del contrato y durante todo el tiempo que dure el plan de ahorro frente al cliente consumidor.

La empresa administradora de los planes de ahorro, y las fabricantes y concesionarias de los vehículos son responsables solidarias frente a cualquier tipo de inconveniente que pudiera surgir y/o incumplimientos por parte de la administradora.

Esto significa para el consumidor la garantía de que cuenta con dos responsables a los que puede reclamar.

¿Qué leyes se aplican en estos tipos de reclamos?
Frente al consumidor la ley busca protegerlo, mediante la Ley Nacional de Defensa del Consumidor Nº 24.240, y el artículo 42 de la Constitución Nacional.

 

Siempre es recomendable consultar con un abogado de confianza, cualquier duda mandanos un WhatsApp al 2617127466

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