Nuestros servicios
Derecho a la Salud
Representamos a afiliados frente a obras sociales y empresas de medicina prepaga para garantizar el acceso a la justicia ante incumplimientos. Realizamos reclamos judiciales mediante acción de amparo e interposición de medidas cautelares para obtener una solución efectiva e inmediata.
Derecho y estructuración de operaciones inmobiliarias
Asesoramos y representamos a particulares y empresas en operaciones y conflictos vinculados al ámbito inmobiliario, brindando respaldo jurídico en cada etapa y soluciones orientadas a la seguridad patrimonial mediante una correcta planificación familiar para evitar trámites sucesorios.
Trayectoria y confianza
Desde 1926 defendiendo y asesorando a los mendocinos
Conformamos un equipo de profesionales altamente capacitados en diferentes áreas del derecho para generar óptimos resultados.

Juan Carlos Aguinaga

Carlos Alfredo Aguinaga

María Laura Cannizzaro

Pablo Fabricio Scordo Lucero

Roxana Tejada

Francisca Aguinaga Ingrassia

Juan Martín Aguinaga

Natalia Logrippo

Nicolás Lucero Garro


Trayectoria y confianza
Desde 1926 defendiendo y asesorando a los mendocinos
Conformamos un equipo de profesionales altamente capacitados en diferentes áreas del derecho para generar óptimos resultados.

Juan Carlos Aguinaga

Carlos Alfredo Aguinaga

María Laura Cannizzaro

Pablo Fabricio Scordo Lucero

Roxana Tejada

Francisca Aguinaga Ingrassia

Juan Martín Aguinaga

Natalia Logrippo

Nicolás Lucero Garro
Nuestro Blog
Desde Aguinaga Abogados creemos que es importante contribuir con nuestra comunidad y colegas acercando información y aportando conocimiento abierto. Es por ello que creamos este espacio.
Los prestadores de salud están obligados a atender las necesidades básicas de las personas y las que correspondan a los más vulnerables por cuidados paliativos, discapacidad, enfermedades poco frecuentes, diabetes, cáncer, prótesis.
Se pude mantener la prestación de salud con la obra social o la empresa de medicina prepaga sin la obligación de pasar al Pami al momento de la jubilación.
La importancia del fallo de segunda instancia que abre la posibilidad de iniciar nuevos reclamos. La Justicia Federal de Mendoza confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la acción de amparo interpuesta por nuestro estudio jurídico en contra de la empresa de medicina prepaga y el Estado Nacional Argentino, y dejó sin efecto los aumentos de las cuotas dispuestos por la empresa en los planes de medicina prepaga a partir del mes de enero de 2024.
Se analizan dos fallos judiciales en los que se juzga con perspectiva de género a fin de equilibrar desventajas o asimetrías que perjudican a la mujer y que existen en algunos casos producto de factores históricos, sociales, o culturales.
Está prohibido por la ley que las empresas de medicina prepaga aumenten la cuota mensual a los afiliados en razón de haber cumplido los 65 años de edad.
Frente a pacientes que sufrieron trombosis luego de ser vacunados contra el Covid-19, surge el análisis de la responsabilidad de los laboratorios ante los “riesgos del desarrollo”.
¿Cuántos casos llegan a injustas condenas por no existir un video y una testigo determinantes?
Te compartimos en pocas líneas cómo debe actuar un pasajero de colectivo, taxi, uber o similar que sufre un accidente de tránsito.
El principio general es que si el pasajero sufre algún daño durante el transporte, la empresa debe pagar ese daño porque tiene la obligación de llevarlo a destino sano y salvo, desde que se inicia el transporte hasta que finaliza, especialmente durante el ascenso y descenso del vehículo.
Si se producen hechos violentos dentro de un boliche o fiesta y una persona sufre lesiones, se generan distinto tipo de responsabilidades del agresor y del dueño del establecimiento u organizador de la fiesta y del seguro. Qué debe probar el cliente. Qué debe probar el dueño del establecimiento. Se aplica la ley de defensa del consumidor
Fallo judicial de Mendoza que sienta criterios a tener en cuenta para determinar la responsabilidad médica, de centros de salud frente a un embarazo y parto de riesgo. En las sentencia se analizan los siguientes aspectos que desarrollamos más abajo y son la base para determinar la existencia o no de daños y perjuicios. 1) Culpa médica. 2) Responsabilidad de las Obras Sociales, Hospitales, Clínicas, Sanatorios. 3) Parto Humanizado. 4) La perspectiva de género en el embarazo y parto. 5) Valor de la Historia Clínica con deficiencias. 6) Aplicación de las Cargas Dinámicas probatorias. 7) Se invierte carga de la prueba cuando la actora prueba la existencia de un accidente obstétrico y la demandada no prueba que las lesiones sufridas por el menor obedecen a otra razón. 8) Valor de la prueba pericial.
En esta nota, basada en las preguntas que nos hacen con mayor frecuencia nuestros clientes, te invitamos a conocer la información esencial acerca de las sucesiones.
La división de bienes en los que dos o más personas son dueñas puede generar problemas sobre los que se debe trabajar para beneficio de todos los condóminos.
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Los cimientos de nuestra trayectoria se forjaron gracias a nuestra calidad profesional y a la generación de vínculos con nuestros clientes.






